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title: "El abogado Matías Morla ofreció 150 millones de pesos para suspender el juicio por las marcas"
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description: "El ofrecimiento es a los herederos de Diego Maradona. El último apoderado del astro mundial del fútbol está procesado por defraudación por administración fraudulenta"
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date_published: "2026-08-10T13:38:00-03:00"
date_modified: "2026-08-10T13:43:19-03:00"
category_name: "Judiciales"
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category_description: "Información policial y judicial de Tucumán y Argentina"
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# El abogado Matías Morla ofreció 150 millones de pesos para suspender el juicio por las marcas

![WhatsApp Image 2026-08-10 at 13.42.04](/download/multimedia.normal.9743996e20c65259.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El [abogado Matías Morla](https://www.lanacion.com.ar/seguridad/matias-morla-ira-a-juicio-acusado-por-los-hijos-de-maradona-de-haberse-apropiado-de-los-negocios-que-nid28042026/),**último apoderado de Diego Armando Maradona**, le ofreció 150 millones de pesos a los herederos del astro mundial del fútbol a cambio de suspender el juicio donde debe ser juzgado por **defraudación por administración fraudulenta**.

Se trata de la causa donde se investigó el uso de la marca “Maradona” y el destino de los millonarios ingresos de los negocios vinculados a su nombre.

“Concretamente ofrece la suma de $150.000.000 (unos **100.000 dólares**) a pagar en seis cuotas iguales mensuales y consecutivas de $25.000.000, procediendo a abonar la primera de ellas dentro de los diez días hábiles siguientes de ser concedido el instituto bajo análisis. Es del caso señalar, para que tenga una más acabada idea de la situación socio-económica de nuestro asistido, que tal como lo indicara al momento de prestar declaración indagatoria, nuestro ahijado procesal es de profesión abogado, posee su propio estudio jurídico que resulta ser su principal sostén económico. Por su parte es padre de tres hijos a los que mantiene íntegramente, al tiempo de pasar una cuota alimenticia a su expareja”, sostuvieron los abogados **Mauricio D’Alessandro** y **Rafael Cúneo Libarona**, representantes de Morla, en el escrito donde solicitaron el intituto de la suspensión del juicio a prueba ante el **juez Juan Giudice Bravo**, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°17.

Los herederos de Maradona son sus seis hijos: Dalma, Gianinna, Jana, Diego Armando Junior y Diego Fernando.

“Cabe tener presente que nos encontramos frente a un conflicto de intereses de carácter patrimonial y privado, donde el representante del Ministerio Público Fiscal no ha formulado requerimiento de elevación a juicio por entender que la conducta imputada no constituye delito alguno y, por lo tanto, no se hallan comprometidos en el caso los intereses generales de la sociedad de los cuales aquel órgano es representante”, dijeron los abogados de Morla.

Además del dinero, en la presentación, Cúnero Libarona y D’Alessandro también explicaron que, si se le concede la *probation*, **“Morla ofrece realizar trabajos comunitarios en una institución de bien público con regla de conducta a ser impuesta”**.

![Gianinna Maradona, una de las herederas del Diez](https://www.lanacion.com.ar/resizer/v2/gianinna-maradona-una-de-las-herederas-del-SBY3GKRWPZF7JG5WBZOIDAL6GY.jpg?auth=339d198f91afff42a270a9b7c65471ef4590323b7f9204ed95dc07aef204c0dd&width=420&height=280&quality=70&smart=true)

*Gianinna Maradona, una de las herederas del Diez.*

Según reveló el diario Clarín, la suspensión del juicio a prueba también fue solicitada por otros acusados que tiene la causa: Maximiliano Pomargo, asistente de Maradona y cuñado de Morla; y Rita y Claudia Maradona, dos de las hermanas del *Diez*.

“Mi defendido fue sobreseído en dos oportunidades. La fiscalía consideró que no existe ningún delito y por eso renunció al impulso de la acción penal. Nunca se hizo un pedido de elevación a juicio de la fiscalía. Solo las querellas siguen con esta acción. Parece un juicio civil donde se persiguen cuestiones económicas. Y para poner fin a este largo proceso penal hicimos u ofrecimiento importante de dinero y propusimos realizar tareas comunitarias. Morla no tiene antecedentes penales y la pena en expectativa es baja. El Código Procesal Penal, la jurisprudencia y los últimos fallos avalan nuestra postura jurídica. Creemos que esta salida alternativa procesal es una solución pacificadora a un conflicto familiar de larga data, con varias falencias probatorias, desprolijidades, donde todos son y fueron perjudicados. Y a pesar de la inocencia de Morla, hicimos un ofrecimiento muy razonable y sentido a la familia de Maradona”, afirmó a **LA NACION** Cúneo Libarona.

A fines de abril pasado, la jueza nacional en lo criminal y correccional Rita Molina había elevado la causa a la etapa de juicio oral y público.

El expediente se había iniciado a partir de las denuncias presentadas por Dalma, Gianinna (representadas por **Alfredo Huber**y **Diego Mayol**), Jana (con la representación de **Félix Linfante**y **Marcelo D’Angelo**) y Diego Armando (h), quienes sostienen haber sido desplazados de los beneficios económicos generados por la explotación del nombre y la imagen de su padre.

Según el auto de elevación a juicio, la acusación afirma que Morla, junto con Pomargo y Sergio Garmendia [designado como administrador], controló durante años el negocio vinculado a las marcas “Maradona” a través de la sociedad **Sattvica SA.**, una empresa que concentró los derechos comerciales más valiosos del patrimonio del exfutbolista. Para los querellantes, esa estructura fue utilizada para retener el control de las marcas y, tras la muerte de Maradona, impedir que sus hijos accedieran al usufructo que les correspondía como herederos.

La resolución judicial sostiene que provisionalmente existen elementos suficientes para considerar que los hijos de Maradona fueron privados del uso y disfrute económico del nombre de su padre, un activo central de la herencia.

El tribunal destacó que las marcas no solo generaban ingresos millonarios, sino que constituían el núcleo del legado económico y simbólico del exjugador, cuyo control quedó concentrado en manos ajenas a la sucesión.

El segundo eje de la causa apunta a la transferencia del control de Sattvica S.A. a favor de Claudia Nora Maradona y Rita Mabel Maradona, hermanas del exfutbolista, quienes no fueron reconocidas como herederas en el proceso sucesorio.

Para la acusación, ese movimiento consolidó la exclusión de los hijos del circuito de ingresos derivados de las marcas al permitir que personas sin derechos hereditarios percibieran beneficios vinculados al nombre “Maradona”.

![El abogado Rafael Cúneo Libarona, uno de los defensores de Morla](https://www.lanacion.com.ar/resizer/v2/el-abogado-rafael-cuneo-libarona-uno-de-los-5662ASQJGNHJ5NL76BZITZ7XAQ.jpeg?auth=55336532f8de51e0cac36420af66d8d31062d47fa0efa266d56bf5b4d815b101&width=420&height=245&quality=70&smart=true)

*El abogado Rafael Cúneo Libarona, uno de los defensores de Morla.*

“Por último, solicitamos que, en atención a la gravedad del hecho, las circunstancias puntuales y específicas del presente caso y las condiciones personales de nuestro defendido, el tiempo de suspensión del juicio a prueba sea fijado en un año. Por último, a los efectos de poder resolver la presente solicitud solicitamos se le corra vista al Ministerio Público Fiscal a los efectos de que, en su carácter de garante de la legalidad, dictamine acerca de la concurrencia en el caso de las condiciones objetivas de procedibilidad para la aplicación del instituto requerido. Es que tratándose la Suspensión del Juicio a prueba de un derecho que le asiste a los imputados el dictamen fiscal debe circunscribirse, especialmente en un caso como en el de autos en el que la acusación pública demostró su desinterés en la persecución penal de los imputados, a corroborar si se verifican los requisitos legales necesarios para hacer operativo tal derecho”, sostuvieron los abogados de Morla en la citada presentación.

Tras las presentaciones hechas por las defensas de Morla, Pomargo y las citadas hermanas de Maradona, el tribunal fijó una audiencia para el próximo 22 de septiembre.

“Sin perjuicio de que la causa ha sido elevada a juicio por el impulso exclusivo de los acusadores privados, corresponde, igualmente, poner en conocimiento de la representante del Ministerio Público Fiscal la audiencia designada”, se sostuvo en una resolución firmada en las últimas horas.

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