Condenan a perpetua a la mujer trans que mató a otra mujer

La condenada Alves Ferreira había llegado a juicio con el nombre que figuraba en el documento, Fernando, y estaba acusado por el "femicidio".

Policiales 08 de septiembre de 2023 Verdadiario Verdadiario
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mujer trans brasileña Amanda Alves Ferreira

Una mujer trans brasileña fue condenada a prisión perpetua luego de que un jurado popular la declarara culpable por el crimen con "alevosía" de Eduarda Santos, asesinada a balazos en febrero de 2022 en la ciudad rionegrina de San Carlos de Bariloche.

La decisión tomada este jueves por el juez técnico Juan Martín Arroyo recayó sobre Amanda Alves Ferreira (29) por el delito de "homicidio agravado por haber sido cometido mediante arma de fuego y alevosía y por la portación ilegal de arma de guerra de uso civil", en perjuicio de la joven de 27 años, también oriunda del país vecino.

De varón a mujer trans

El caso tuvo como particularidad que la condenada Alves Ferreira había llegado a juicio con el nombre que figuraba en el documento, Fernando, y estaba acusado por el "femicidio" de Santos.

Sin embargo, la defensa logró demostrar que el acusado desde antes del hecho se autopercibía mujer y que, por su género, no podía ser imputado de un femicidio, lo que finalmente el jurado popular hizo lugar.

Cuestionamientos a la condena de perpetua

En la audiencia de censura realizada en la mañana de este jueves, el defensor oficial Nelson Vigueras planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

“Estamos hablando de la individualización de una pena que sobrepasa el límite de la culpabilidad en los distintos grados, es una pena cruel, inhumana y degradante. Y por eso, la fijeza de la pena perpetua, al no permitir que el juez ingrese a analizar estas características paranoides en el momento de la ejecución del hecho en Amanda, hacen que, en definitiva, la pena a imponer a criterio de esta defensa sea una pena desproporcionada", explicó.

Sin embargo, el fiscal jefe Martín Losada requirió que se rechace esa petición al considerar que "la pena de prisión perpetua está determinada en el artículo 80 como una sanción establecida por el legislador (…) en proporción a la incuestionable gravedad de la infracción penal allí tipificada no resulta inconstitucional".

De esta manera, el juez Arroyo rechazó el pedido de la defensa respecto a la inconstitucionalidad de las penas perpetuas y consideró que la pena otorgada a la condenada "no corresponde aplicar una escala divisible".

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