
Diego Zerda irá a juicio acusado de instigación al suicidio de Karla Robles

La Justicia de Tucumán resolvió que Diego Zerda, de 33 años, sea sometido a un juicio oral y público por la acusación de haber instigado al suicidio de su expareja, Karla Nahir Naomi Robles, de 27 años, y por presuntas amenazas contra el hermano de la joven.
La decisión fue adoptada durante la audiencia de control de acusación y admisibilidad de pruebas. En esa instancia, el juez Facundo Maggio hizo lugar al pedido de apertura a juicio formulado por la Unidad Especializada de Homicidios I. El Ministerio Público Fiscal anticipó que solicitará una pena de seis años de prisión por el conjunto de los delitos atribuidos.
Zerda permanece detenido con prisión preventiva a la espera del debate, en el que la defensa tendrá la posibilidad de cuestionar la hipótesis de la acusación, presentar sus propios argumentos y controvertir las pruebas reunidas durante la investigación.
Una muerte transmitida en vivo por TikTok
El caso tomó una fuerte repercusión pública por las circunstancias en las que murió Robles. Durante la madrugada del 24 de octubre de 2025, la joven inició una transmisión en vivo a través de TikTok y, poco después, se quitó la vida.
La emisión quedó incorporada a la investigación junto con mensajes, audios, capturas de pantalla y distintos informes periciales realizados sobre teléfonos celulares y registros digitales.
La existencia de estos elementos, sin embargo, no determina por sí misma la responsabilidad penal de Zerda. Uno de los principales puntos que deberá establecer el tribunal será si las conductas que se le atribuyen tuvieron la entidad suficiente y fueron realizadas con la intención requerida para configurar el delito de instigación al suicidio.
Una relación atravesada por denuncias y acusaciones de violencia
Según la reconstrucción realizada durante la investigación, Robles y Zerda comenzaron su relación alrededor de 2020. La Fiscalía sostiene que, especialmente a partir de 2022, se habría desarrollado un escenario prolongado de violencia física y psicológica, amenazas y hostigamiento.
La joven había acudido previamente a la Justicia. En torno a este punto existen diferencias entre las versiones difundidas: mientras familiares de Robles señalaron que había realizado seis presentaciones, la documentación conocida durante la cobertura del caso permitió identificar al menos cuatro denuncias relacionadas con situaciones de violencia de género.
También constan presentaciones realizadas por los representantes legales de la joven ante presuntos incumplimientos de medidas cautelares. Entre ellas figuraba una restricción que impedía a Zerda comunicarse con Robles y realizar determinadas publicaciones relacionadas con ella en redes sociales.
La querella sostiene que esas disposiciones fueron vulneradas y cuestionó la respuesta obtenida frente a las advertencias formuladas antes de la muerte de la joven. Se trata, en este caso, de planteos efectuados por la representación de la familia que deberán ser valorados en el marco del proceso judicial.
La hipótesis de la Fiscalía
Para los investigadores, Zerda habría mantenido durante años una conducta orientada a ejercer presión psicológica sobre Robles y conocía la situación de vulnerabilidad que atravesaba.
El hombre fue formalmente imputado el 31 de octubre de 2025. En aquella oportunidad, la acusación sostuvo que habría efectuado reiteradas expresiones relacionadas con la posibilidad de que la joven se quitara la vida, además de amenazas dirigidas hacia integrantes de su familia.
La Fiscalía considera que esos antecedentes deben ser analizados junto con las comunicaciones que ambos mantuvieron durante las horas previas a la muerte.
El expediente reúne conversaciones, mensajes de audio y material extraído de distintos dispositivos electrónicos. Para la acusación, esos elementos permitirían reconstruir los intercambios que se produjeron antes de la transmisión de TikTok y aportarían información sobre el estado emocional de Robles.
También fueron incorporados testimonios de personas del entorno de la joven, quienes señalaron que ella había manifestado temor por la seguridad de sus padres y de su hermano.
El vivo de TikTok, una de las pruebas centrales
Cerca de las 3.20 del 24 de octubre de 2025, Robles comenzó una transmisión en vivo en TikTok. Durante la emisión habló sobre la situación que atravesaba y compartió el acceso con personas conocidas.
De acuerdo con los testimonios incorporados a la causa, alrededor de 96 personas llegaron a conectarse. Algunas amigas advirtieron la gravedad de la situación e intentaron comunicarse con Karla y con sus familiares.
El registro audiovisual pasó a formar parte del expediente y será analizado durante el juicio.
Uno de los interrogantes que deberá responder el tribunal será qué conocimiento tuvo Zerda sobre aquella transmisión y cuál fue su comportamiento antes, durante y después del vivo.
La familia y la acusación sostienen que el acusado habría estado conectado a la transmisión. Además, se incorporaron capturas realizadas por una amiga de Robles y peritajes destinados a reconstruir comunicaciones que habrían sido eliminadas.
La Fiscalía deberá demostrar durante el debate qué información puede atribuirse efectivamente al teléfono de Zerda y cuál es el alcance probatorio de esos registros.
La acusación por amenazas contra el hermano
La investigación incluye además un segundo hecho atribuido al acusado.
Según la causa, después de la muerte de Robles, Zerda habría enviado un mensaje de audio al hermano de la joven en el marco de una discusión. En esa comunicación, presuntamente habría formulado amenazas contra él y otros integrantes de su familia.
Por este episodio, el hombre también llegará al debate acusado de amenazas simples, en concurso real con la presunta instigación al suicidio.
Celulares, audios y peritajes digitales
La evidencia tecnológica tendrá un papel relevante durante el juicio. Entre las pruebas que la Fiscalía prevé presentar se encuentran análisis de teléfonos celulares, capturas de pantalla, registros audiovisuales, informes sobre tráfico de datos y comunicaciones telefónicas.
También está prevista la declaración de especialistas en informática forense del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) y de policías que participaron de las primeras medidas investigativas.
Uno de los objetivos de los peritajes fue establecer qué información permanecía almacenada en los dispositivos utilizados por Zerda. Parte del contenido no habría podido recuperarse en su totalidad, por lo que la acusación también se apoyará en copias, capturas y registros conservados en otros teléfonos.
Será el tribunal el encargado de determinar la autenticidad y el valor probatorio de cada uno de esos elementos.
Los antecedentes personales de Robles también serán discutidos
Durante la investigación aparecieron antecedentes vinculados con internaciones y episodios anteriores de conducta suicida de Robles. Este aspecto podría convertirse en uno de los principales puntos de discusión entre la Fiscalía y la defensa.
Desde la acusación y la querella sostienen que esos antecedentes no eliminan la responsabilidad que atribuyen a Zerda. Por el contrario, consideran que el imputado conocía la vulnerabilidad de la joven y que ese conocimiento habría formado parte del contexto de hostigamiento investigado.
La defensa, en tanto, podrá presentar una interpretación diferente de los hechos y discutir la existencia de una relación causal entre las conductas atribuidas a su representado y la decisión final de Robles.
También podrían ser analizados durante el debate aspectos vinculados con la situación psiquiátrica y los consumos problemáticos atribuidos al acusado. Al momento de su imputación, un médico forense del ECIF había concluido que Zerda tenía capacidad para comprender sus actos y dirigir sus acciones.

Qué deberá probar la Fiscalía
La figura de instigación al suicidio está contemplada en el artículo 83 del Código Penal argentino. La norma establece una pena de uno a cuatro años de prisión para quien instigue a otra persona al suicidio o la ayude a cometerlo, cuando el hecho haya sido intentado o consumado.
Por esa razón, la existencia de una relación conflictiva, antecedentes de violencia, amenazas o expresiones ofensivas no alcanza, por sí sola, para acreditar el delito.
El eje del debate estará puesto en establecer si Zerda realizó una conducta concreta destinada a inducir a Robles a quitarse la vida y si actuó con la intención necesaria para configurar esa figura penal.
Para sostener su acusación, el Ministerio Público deberá recurrir al conjunto de mensajes, audios, testimonios, antecedentes y pericias digitales reunidos durante la investigación.
Los seis años de prisión que anticipó la Fiscalía corresponden a su pretensión punitiva por la totalidad de los delitos atribuidos y no exclusivamente por el artículo 83, ya que también se contempla la acusación por amenazas simples.
La causa llega ahora a juicio
Con la resolución adoptada durante la audiencia de control de acusación, quedó habilitada la etapa de juicio oral. Resta determinar qué magistrado integrará el tribunal unipersonal y establecer la fecha en que comenzará el debate.
La querella, representada por Augusto Avellaneda y Benjamín Visuara, acompañó el planteo de la Fiscalía y anticipó que solicitará una condena de cumplimiento efectivo.
Zerda llegará al juicio en calidad de acusado y no de condenado. Su responsabilidad penal deberá ser determinada a partir de las pruebas que se produzcan y sean valoradas durante el debate, con intervención de la Fiscalía, la querella y la defensa.
El proceso buscará reconstruir no solamente las últimas horas de vida de Karla Robles, sino también el contexto previo que la acusación considera determinante: las denuncias realizadas, las medidas de protección, los presuntos incumplimientos, las comunicaciones entre ambos y los episodios de violencia que forman parte del expediente.


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