La diputada Molinuevo sigue cosechando dictamen adverso antes de la sentencia del juez

El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el caso no presenta una cuestión de índole federal, en contraste con lo argumentado por la dirigente libertaria en la causa promovida por el gobernador Jaldo.
Judiciales16 de abril de 2026
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La diputada nacional Soledad Molinuevo recibió un dictamen desfavorable del Ministerio Público Fiscal (MPF) en el marco de la causa que se tramita en el fuero civil y comercial de Tucumán, a raíz de la demanda iniciada por el gobernador Osvaldo Jaldo por publicaciones que consideró ofensivas. Con esta instancia cumplida, el juez de la V° Nominación, Pedro Cagna, quedó en condiciones de resolver sobre el planteo de competencia federal impulsado por la legisladora de La Libertad Avanza.

Si bien el dictamen no tiene carácter vinculante, representa un nuevo revés para la estrategia de Molinuevo, quien busca que el expediente sea trasladado a la Justicia Federal. En paralelo, la diputada ya debió eliminar —aunque bajo protesta— los posteos en redes sociales que dieron origen a la acción judicial presentada el 13 de marzo.

La fiscal civil de la II° Nominación, Ana María Rosa Paz, evaluó los argumentos expuestos tanto por la defensa del gobernador, a cargo de Paula Morales Soria, como por la legisladora, representada por el abogado Ricardo José Tomás Paz.

En su planteo, Molinuevo sostiene que el caso debe ser tratado en el ámbito federal, al considerar que están en juego las prerrogativas propias de su función como integrante del Congreso. En contraposición, la representación legal de Jaldo argumentó que las expresiones cuestionadas no se encuadran en el ejercicio de su rol parlamentario, sino que implican acusaciones delictivas sin sustento dirigidas contra el titular del Poder Ejecutivo provincial.

En su dictamen, la Fiscalía concluyó que el conflicto corresponde al ámbito del derecho común, al tratarse de una eventual responsabilidad derivada de manifestaciones públicas, por lo que debe ser resuelto por la Justicia provincial. En ese sentido, remarcó que no se configuran los supuestos que habilitan la competencia federal, cuyo alcance es de carácter excepcional.

Asimismo, se citó jurisprudencia que establece que la intervención del fuero federal solo se justifica cuando los hechos están directamente vinculados al ejercicio de funciones de un funcionario nacional, condición que —según el MPF— no se verifica en este caso.

De esta manera, el organismo concluyó que no existe una cuestión federal que amerite el desplazamiento de la jurisdicción provincial y consideró que el tribunal local es competente para continuar con el trámite de la causa.

Tras este pronunciamiento, el expediente quedó a despacho del juez Cagna, quien deberá definir la cuestión de competencia. Cabe recordar que el magistrado ya había ordenado el 15 de marzo la eliminación de las publicaciones cuestionadas mediante una medida autosatisfactiva. Esa decisión fue apelada por la diputada, quien además intentó sin éxito que la Justicia Federal asumiera el control del caso

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