Avión retenido: Autorizan a salir del país a 12 tripulantes

Lo determinó la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Otros siete seguirán retenidos en la Argentina. Investigación judicial. Supuesto terrorismo.

Política 13 de septiembre de 2022 Verdadiario Verdadiario
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Avión irani en Argentina

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata ordenó liberar a doce tripulantes del avión venezolano retenido en el Aeropuerto de Ezeiza, quienes estaban bajo investigación por supuestas vinculación a actividades terroristas.

Asimismo, el Tribunal que recibió apelaciones de abogados de las defensas, mantiene la prohibición de salida del país a siete iraníes.

Entre quienes seguirán retenidos en Argentina y bajo investigación del juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena, está el piloto Gholamreza Ghasemi.

Este último se lo vincula con las fuerzas revolucionarias iraníes y a quien en su celular se le encontraron imágenes y archivos vinculados con actividades terroristas.

Asimismo, el Tribunal le ordenó al juez Villena que en diez días, de recibir el fallo de la Cámara, resuelva la situación procesal de todos ellos quienes fueron indagados y aún está inconclusa la definición de si son o no procesados por la Justicia y por qué delito.

Por lo pronto, ninguno de ellos está detenido sino que sólo estaban retenidos y sus pasaportes en manos de la Justicia. Por ello, no podían dejar la Argentina.

avion irani argentina

Las medidas sobre la empresa venezolana

Por otro lado, la Cámara mantiene el embargo sobre el avión de la empresa estatal venezolana tal cual lo había solicitado los EE.UU por irregularidades en la transacción comercial de esa aeronave que antes pertenecía a Irán.

Una de las sospechas es que el avión que figura bajo propiedad de Emtrasur, sigue perteneciendo a Irán. Ese mismo avión, según los investigadores, realizó actividades de logística vinculada a grupos terroristas en Medio Oriente.

El avión llegó a Ezeiza el pasado 6 de junio luego de varias escalas que hizo antes de arribar a la República Argentina.

Al analizar el objeto procesal, el Tribunal aclaró que “ni la República Bolivariana de Venezuela ni la República Islámica de Irán son parte de la investigación” sino que “se trata, en la definición del juez de primera instancia, de determinar si ciudadanos de distintas nacionalidades bajo apariencia de realizar una actividad lícita, están financiando operaciones de terrorismo o bien son parte de un plan vinculado a una organización terrorista”.

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